- Wake County Public School System
- Soliciting, Selling or Borrowing ESP
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Política de Código: 5220 Recaudaciones y Solicitaciones de Fondos
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Para recaudaciones y solicitaciones de fondos por parte de organizaciones de padres como PTA, PTSA, PTO y clubes de apoyo (booster clubs) por favor consulte la política de Organizaciones de Padres.
La Junta Directiva Escolar del Condado Wake se compromete a minimizar las interrupciones en el tiempo de instrucción y el entorno educativo. Cuando se llevan a cabo recaudaciones y solicitaciones de fondos, estas no deben interrumpir el tiempo de instrucción. No se requerirá que los empleados ni los estudiantes contribuyan o respondan a ninguna recaudación o solicitación.
Las recaudaciones y solicitaciones de fondos en esta política estarán sujetas a las siguientes pautas:
- Para evitar que el programa educativo sea deteriorado por la intrusión en el tiempo de instrucción, se les permitirá a los representantes de ventas llamar al director de la escuela. El director tiene la discreción de determinar si se reunirá con el vendedor y si el vendedor podrá reunirse con otro personal (por ejemplo, para revisar cierto material o equipo de instrucción). Bajo ninguna circunstancia debe interrumpirse el programa de instrucción.
- Como regla general, los estudiantes, las organizaciones escolares, los maestros y/u otros empleados de la escuela no pueden vender productos comerciales durante el día escolar de instrucción.
- Excepto a lo descrito anteriormente en el párrafo 1, las personas y las organizaciones deben obtener la aprobación por escrito del director antes de realizar recaudaciones o solicitaciones en las instalaciones de la escuela.
- Las personas y organizaciones deben obtener la aprobación por escrito del director antes de realizar recaudaciones o solicitaciones fuera de las instalaciones de la escuela en nombre de cualquier escuela o en representación de cualquier escuela.
- Para solicitar fondos para actividades escolares fuera de las instalaciones de la escuela, o realizar ventas de productos fuera de las instalaciones de la escuela para recaudar fondos para actividades escolares por parte de los estudiantes o el personal de cualquier escuela, en el nombre de la escuela o en representación de cualquier escuela, se deberá tener la aprobación previa por escrito del director. Todo el dinero recaudado y gastado como resultado de tales actividades se registrará en las cuentas del tesorero de la escuela y estará sujeto a la auditoría anual de la escuela.
- La solicitación o el préstamo de productos para actividades escolares deberán contar con la aprobación del director.
- Ningún empleado deberá establecer como condición previa de la membrecía o participación en cualquier curso o actividad relacionada con la escuela, iniciativa o evento ningún requisito que requiera un gasto de dinero por parte de un padre, tutor legal, o estudiante, excepto con el conocimiento y consentimiento del superintendente o su designado.
- Los folletos y otros materiales que se distribuirán o mostrarán en conjunto con una recaudación o solicitación de fondos deberán ser aprobados por el director según los criterios de la Sección C de la política de Distribución y Exhibición de Materiales No Escolares.
Referencias legales: G.S. 14-238, 115C-36, -47
Adoptado: 5 de junio de 2018